Batallas legales de Pandora en manos de un tribunal de alzada

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Tegucigalpa -Pandora, el emblemático caso investigado por el Ministerio Público mediante su Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic) y la MACCIH, tiene expectante a la opinión pública con las apelaciones de las partes y la resolución de la juez natural.

Los magistrados que conforman la Corte de Apelaciones ad hoc deberán decidir si ratifican la resolución de la juez natural, la revocan e imponen la figura de lavado de activos nuevamente a los imputados para ir a prisión o se decantan por los argumentos de la defensa y otorgan el sobreseimiento definitivo a los implicados bajo el argumento que nunca hubo delito de su parte.

Tras la resolución de una juez natural que recalificó el delito de lavado de activos por el de encubrimiento a la mayoría de los imputados, entre ellos actuales diputados, un nuevo desafío se abre en la justicia hondureña.

Apoderados legales también anuncian que interpondrán el recurso de apelación para lograr un sobreseimiento definitivo a favor de sus clientes.

La defensa va por sobreseer el caso y busca la libertad definitiva, mientras el Ministerio Público ha planteado una apelación que señala los errores de la resolución y ratifica el lavado de activos.

La apelación de Ministerio Público en el cual señala que la juez natural designada para el caso, faltó al debido proceso ya que según expone, cae en una serie de incongruencias, entre ellas haber resuelto sin base jurídica, haber producido indefensión y vulneración de la tutela judicial efectiva y ha hecho una interpretación “errónea, irrazonable y desproporcionada” del decreto que da origen a la ley de lavado de activos.

El Ministerio Público sostiene considera que el delito de lavado de activos es una figura penal de carácter autónoma.

Así la apelación colocó en la opinión pública la otra versión de los hechos y confronta la visión de la defensa de los imputados.

En su fundamentación el MP señala uno a uno los errores de la resolución de la juez natural, cuestiona que no se hayan considerado los argumentos de la Fiscalía y que incluso, la misma deja en “indefensión” al Ministerio Público, al indicar que “no basta con resolver aludiendo conclusiones—recogidas precisamente de los argumentos apresurados hechos por la defensa durante la audiencia–, volviendo dicha sentencia confusa, ya que en su resolución la señora Juez Natural designada, solo se limita a expresar que los fraudes financieros en las actividades públicas o privadas son exclusivamente los referidos en el título XIV del Código Penal y no contemplan ninguno de los delitos acusados en el requerimiento”.

El Ministerio Público—sostiene- considera que el delito de lavado de activos es una figura penal de carácter autónoma y en el caso de Pandora se ha identificado la acción delictiva que dio origen a la disposición de flujos financieros, también se ha establecido “que no era únicamente el objetivo ilícito el apropiarse de dichos fondos, sino de dotar e inyectar la mayor parte de los fondos de los convenios a cuentas de los partidos políticos y particulares directamente favorecidos”.

Operaciones ilógicas

Por ello—ratifica el Ministerio Público, los imputados en Pandora realizaron operaciones financieras que carecen de lógica y justificación con el propósito de “disfrazar u ocultar el nexo entre el origen que es la sustracción del erario y el destino de las cuentas de los institutos políticos, compras de bienes inmuebles, beneficios personales, así como de terceros cometiendo en ese accionar un nuevo hecho delictivo, autónomo y punible como lo es el lavado de activos”.

El Ministerio Público argumenta en su apelación que la figura de lavado de activos en las reformas legales de la ley de lavado de activos que ha tenido el país no es solo para crimen organizado, señala las diversas manifestaciones, los tratados internacionales de los cuales Honduras es signataria e incluso coloca jurisprudencia del propio Poder Judicial en sentencias relacionadas al respecto en las cuales debilita la resolución de la juez natural en la recalificación de los delitos.

La juez natural, de acuerdo a la Fiscalía, aceptó en su fallo que en efecto hubo un delito en contra del Estado y si el Ministerio Público acepta la recalificación del delito de “encubrimiento por receptación”, supondría que “estamos ante la presencia de acciones tendientes a encubrir, ocultar y disfrutar de los fondos obtenidos ilícitamente y construir un vacío o zona de impunidad”.

Desviación de dinero público constituye delito de lavado de activos, según la MACCIH.

En tanto, la Misión de Apoyo en la lucha contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), en su cuenta de Twitteracuerpó la apelación del Ministerio Público y señaló que en el caso Pandora se “revelan operaciones financieras que carecen de justificación y que se destinaron a beneficios personales, pago de campañas políticas y compra de bienes, cometiendo con ese accionar delito de lavado de dinero”.

Delito configurado

“Recibir, ocultar y disfrutar de fondos obtenidos ilícitamente, aparentando que son de origen legal, constituye una conducta propia del delito de lavado de dinero”, afirma la MACCIH.

Mientras el Ministerio Público apela la resolución de la juez natural en el caso Pandora y sustenta por qué se debe volver a acusar a los imputados por el delito de lavado de activos, al asegurar que fueron conscientes de su accionar, la defensa de los imputados ha apelado también esa recalificación por considerar que sus defendidos ignoraban de dónde venía el dinero y por ende no existe delito contra ellos.

Abogado Félix Ávila

El abogado Félix Ávila, uno de los defensores de uno de los imputados, dijo que ellos aspiran que la Corte de Apelaciones ad hoc que conocerá el caso, le otorgue el sobreseimiento definitivo y la libertad total a su cliente porque el delito de encubrimiento no cabe.

Ávila confía en que el tribunal de apelación ad hoc considere esta argumentación, que es la misma que llevan todos los abogados defensores de los imputados en Pandora, que por ahora gozan de la medida cautelar de defenderse en libertad, bajo la condición de no salir del país y firmar el libro de registros en los tribunales una vez por semana.

El tribunal ad hoc designado para conocer las apelaciones en el caso Pandora lo conforman los magistrados Jorge Zelaya, María Fernanda Castro y Edwin Francisco Ortez. La siguiente batalla legal en el caso Pandora será en la Corte de Apelaciones.

Por la libertad absoluta

Con las apelaciones de las partes y la resolución de la juez natural, los magistrados que conforman la Corte de Apelaciones ad hoc deberán decidir si ratifican la resolución de la juez natural, la revocan e imponen la figura de lavado de activos nuevamente a los imputados para ir a prisión o se decantan por los argumentos de la defensa y otorgan el sobreseimiento definitivo a los implicados bajo el argumento que nunca hubo delito de su parte.

El caso Pandora representa, por ahora, una de las luchas más emblemáticas en contra de la corrupción e impunidad en donde la ley será puesta a prueba, la presión ciudadana se intensifica porque se produzca justicia, en tanto, la presión internacional, encabezada por Washington es del criterio que un “poder judicial fuerte y transparente es clave para construir instituciones democráticas efectivas e independientes”.

Heide Fulton

Así lo expuso en uno de sus mensajes la encargada de negocios de la embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa, Heide Fulton, quien ostenta la representación interina de la diplomacia en el país en tanto llegue un nuevo embajador. La lucha contra la corrupción seguirá teniendo fuertes batallas legales.

Proceso Digital

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